En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:----------------------------------------------------------------
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio sustentada en el artículo 185, del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos KLEIN BARUN DAVID ROMERO MALAVE y AILYN ARIANNA PORCARO DE ROMERO, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V- 23.182.305 y V-25.674.557, respectivamente ---------------
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron en fecha 01-04-2016, por ante el Registro Civil, Parroquia Capital Maneiro del estado Nueva Esparta.-------------------------------------------------------------------
CUARTO: NO HA LUGAR a la condena en costas por la índole de la d.....