declara:
a) CON LUGAR la demanda de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana LIESSKA ALCIMAR OCANDO OLIVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-15.626.223, en contra del ciudadano GERARDO JOSÉ MURILLO ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-17.571.191, en beneficio de la niña (Se omite el nombre del niño, niña o adolescente sujeto a protección, de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA).