SE CONCEDE el Beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a los Penados SEBASTIAN ENRIQUE TELLEZ ISEA, comprometiéndose a cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impuso este Juzgado, todo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, y al penado JOSE LUIS RODRIGUEZ RIVERA, comprometiéndose a cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impuso este Juzgado, todo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal En consecuencia, Notifíquese a las partes de lo antes resuelto. Ofíciese a la Dirección de la Unidad Técnica de Apoyo del Sistema Penitenciario del Estado Zulia, a los fines de designar el Delegado de Prueba para la supervisión de las obligaciones impuestas por este Tribunal, notifíquese a la Fiscal 27° del Ministerio Publico, al Defensor y al Penado y ofíciese al Departamento de Alguacilazgo, remitiendo las respectivas Boletas de Notificaci.....