1) ADMITE TOTALMENTE EL ESCRITO DE ACUSACION, formulado por la Fiscalía 31° del .M. P de fecha 28-02-2007, en contra del adolescente acusado (SE OMITE), por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMADA EN CALIDAD DE COAUTOR, previsto y sancionado en los ordinales 1, 2 y 3 del artículo 6 en concordancia con el artículo 5 de la Ley Orgánica Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor en concordancia con el artículo 457 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana IRIS MARIBEL MONTOYA y MARCO JOSÉ ÁLVAREZ GONZÁLEZ, conforme al artículo 578 literal "a" de la L.O.P.N.A; así mismo, ADMITE LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL REPRESENTANTE FISCAL, en todo su contenido. 2) DECLARA LA PROCEDENCIA DE LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, de conformidad con los artículos 583 de la L.O.P.N.A, en concordancia con el artículo 376 del C.O.P.P expuesta por el adolescente (SE OMITE), así mismo se deja SIN EFECTO el escrito de contestación presentado por la def.....