Designa Curador Ad Hoc del niño y/o adolescente: Josué de Jesús Paredes Zambrano, a la ciudadana: Tibisay Milagro Nuñez Gutierrez, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador (a) de la cédula de identidad No. V.- 7.721.339, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil. Así se decide.-