Por los Fundamentos antes Expuestos, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE PRORROGA PARA PRESENTAR ACTO CONCLUSIVO, solicitada por la Fiscalia del Ministerio Publico del la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, 0en la investigación N° 24-F23-0076-06, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL A TITULO DE DOLO EVENTUAL Y USO DE DOCUMENTO FALSO, previstos y sancionados en los artículos 405 y 319 ambos del Código Penal, en perjuicio de la hoy occisa JENNY KARINA DA COSTA GIRALDA y el ESTADO VENEZOLANO., POR LO QUE LOS QUINCE (15) DÍAS DE PRORROGA SE INICIAN EL DIA 13-06-2006 Y VENCEN EL DIA MARTES VEINTISIETE (27) DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO, A LAS DOCE DE LA NOCHE, por lo que se declara CON LUGAR LA PRÓRROGA PARA EL ACTO CONCLUSIVO, de conformidad con lo establecido en el Cua.....