Por todos los razonamientos expuestos, en atención a las normas legales citadas la Sala Especial Accidental de la Corte Superior Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la Abogada BESAIDA LUNA HERNANDEZ, defensa del adolescente IDENTIDAD OMITIDA.
Segundo: ANULA la audiencia preliminar celebrada en fecha 22 de junio de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 1 de la Sección de Adolescentes, mediante la cual condenó al adolescente IDENTIDAD OMITIDA como autor responsable del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 en relación con el artículo 6 numerales 1, 3 y 10 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos.
Tercero: ORDENA la celebración de una nueva audiencia preliminar, posterior a la realización de los informes clínicos y .....