DISPOSITIVO
Este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO propuesta por los ciudadanos ALVARO EMILIO DIAZ GONZALEZ y ENNY COROMOTO BRAVO VILORIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-23.259.542 y V-16.297.655, respectivamente, correos electrónicos: alvaro27diazg@gmail.com y ennycoromotobravov@gmail.com, números de teléfonos Nros. 0416-1013273 y 0424-623423, y domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, fundamentado en el supuesto del mutuo consentimiento establecido en la sentencia Nº 693, de fecha dos (2) de junio de 2015, dict.....