DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO formulada por los ciudadanos: SERGIO LUIS GONZALEZ CONTRERAS y LISETTE KARINA LUZARDO CABALLERO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.280.459 y V-14.280.178, ambos cónyuges, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído por ante el Jefe Civil de la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio San Francisco del Estado Zulia, quedando anotada bajo el N°.- 107, de fecha veintiuno (21) de Agosto de dos mil cuatro (2004), que corre inserta en las actas. ASI SE DECLARA.
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