Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA, y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL por el transcurso del tiempo, todo de conformad con lo establecido en el Artículo 112, Numeral 1 del Código Penal Venezolano, a favor de la penada YANELITH DEL CARMEN DELGADO PIÑA, titular de la Cédula de Identidad N° 16.168.593, de nacionalidad Venezolana, natural de Cabimas, de 27 años de edad, de fecha de nacimiento:17/06/1982, profesión u oficio: T.S.U Producción Industrial y 6 Semestre aprobado de Ingeniería de Petróleo, hijo de Ida del carmen Piña Cárdenas y Onésimo José Delgado Ocando, residenciada en la Urbanización Nueva Cabimas, Carretera k, entre avenidas 32 y 33, Sector Democracia 1, Cabimas, Municipio Cabimas, teléfonos: 0264/5581359 y 0414/6017096, quien fue condenada a cumplir a pena de TRES (03) MESES DE ARR.....