DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS ZULIA y FALCON sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la Ciudadana YANET JIMENEZ PUCHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 4.539.664, inscrita en el Inpreabogado con el Nro, 19.483 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando como apoderada judicial de la Sociedad Mercantil RICOA AGROMARINA C.A. (AGRICA), domiciliada en Puerto Cumarebo Estado Falcón, originalmente inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua según consta del Acta Constitutiva de fecha 06 de octubre del año 1972, Exp. Nro. 109, Tomo 3, modificada en fecha 08 de mayo del año 1986, según registro de comercio inse.....