En razón lo antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, acuerda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a) Declara CON LUGAR la solicitud realizada por los abogados defensores ABG. MARCOS MONTENEGRO y ABG. ARECIO MOLERO, defensor del acusado JHON ANDERSON ISEA GAVIDIA, de conformidad con el artículo 164 de nuestro Código Orgánico Procesal Penal y se acuerda celebrar el juicio oral y público de la presente causa en forma UNIPERSONAL en virtud de la solicitud efectuada por los acusados de autos y su Defensores. Se fija el Juicio Oral y Público para el día MIERCOLES 03 DE JUNIO DE 2009 A LA UNA (01:00) DE LA TARDE. Quedan debidamente notificadas las partes de la presente fijación. Se libra boleta de notificación a los incomparecientes. Se cumplieron las formalidades esenciales dentro de la celebración del presente acto. Se ordena notificar a los testigos ofertados po.....