PRIMERO: Seguir la presente causa por los trámites del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en los artículo 551 y 560 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Decreta la Detención Preventiva del adolescente imputado(SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE), ampliamente identificado en actas, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 y 6, ordinales 1, 2, 3 y 11 de la Ley Sobre el Hurto y Robo e Vehículos Automotores, conforme a lo dispuesto en el artículo 559 de la Ley Orgánica Sobre la Protección del Niño y del Adolescente, para asegurar la comparecencia de la Audiencia Preliminar y demás actos del proceso, y no procede la medida solicitada por la defensa conforme al artículo 582 de la Ley Orgánica Sobre la Protección del Niño y del Adolescente, por cuanto la defensa no ha ofrecido suficientes garantías para asegurar la comp.....