Se decreta la responsabilidad penal del adolescente (nombre omitido en virtud de la confidencialidad Artículos 545 y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) por estar comprobada su participación en del delito de ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMADA EN CALIDAD DE COAUTOR, previsto y sancionado en el artículo 460, hoy 455 del Código Penal en concordancia y 83 cometido en perjuicio de la ciudadana RITA ROXILIN GONZALEZ GUILLEN. SEGUNDO: Se dicta sentencia condenatoria conforme a lo previsto en el artículo 603 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente al adolescente (nombre omitido en virtud de la confidencialidad Artículos 545 y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) de 17 años de edad, fecha de nacimiento 06-08-87, manifestó ser estudiante de cuarto año, titular de la cédula de identidad N° 20.203.272, hijo de Yanet Conde y Wilfredo Valencia, residenciado en el Barrio Armando Molero, avenida 10.....