el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se decreta la Ejecución de la transacción celebrada por las partes en fecha 12-08-02 y homologada por este Tribunal en fecha 13-08-03 de conformidad con lo pautado en el Artículo 524 del Código de Procedimiento Civil y se fija un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes al de hoy para que el deudor efectué el cumplimiento voluntario.-