Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto en fecha 27 de marzo de 2017, por el abogado JULIO UZCÁTEGUI BENÍTEZ, actuando en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos ISAIAS DE JESÚS COVARRUBIA NARANJO y CIRA ELENA ROJAS DE COVARRUBIA, recurso intentado contra el auto de fecha 20 de marzo de 2017, dictado por el JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, auto que negó el recurso de apelación contra la decisión dictada en fecha 16 de marzo de 2017, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue la ciudadana NINOSKA GISELLA GONZÁLEZ FOSSI, contra los ciudadanos ISAIAS DE JESÚS COVARRUBIA NARANJO y CIRA ELENA ROJAS DE COVARRUBIA, todos plenamente identifica.....