PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO basada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos, CARLOS LUIS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ Y ROSARIO ALMIDA PORTILLO URDANETA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.858.810 y 7.605.966, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos CARLOS LUIS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ Y ROSARIO ALMIDA PORTILLO URDANETA, antes identificados, por ante el Registro Civil Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del estado Zulia, el día trece (13) de julio del año mil novecientos noventa y cinco (1995), tal y como se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio signada con el Nº 213 acompañada a las actas en copia certificada.