este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la Potestad Jurisdiccional atribuida por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia que por RESOLUCION DE CONTRATO, interpusiera la Sociedad Mercantil AGROINDUSTRIAL SOLER C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 23 de Diciembre de 1981, bajo el No. 89, Tomo 44-A y la modificación en la que consta su cambio de denominación anotada en la misma oficina de Registro el 29 de Octubre de 1996, bajo el No. 15, Tomo 92-A en contra de la Sociedad Mercantil METALURGICA GALICIA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el 20 de Junio de 2000, bajo el No. 12, Tomo 29-A, a tenor de lo preceptuado en el artículo 267 del Código de .....