Por los razonamientos expuestos en la parte motiva de este fallo, este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y por autoridad de la Ley, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos AROA ANTONIO RAMÓN URDANETA FERRER Y FLORINDA ANTONIA ROMERO SANCHEZ, en fecha veinte (20) de Enero del año mil novecientos setenta y tres (1973), por ante la Prefectura del Municipio Faría, Distrito Miranda del Estado Zulia, hoy Registro Civil de la Parroquia Faría del Municipio Miranda del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 01, acompañada a los autos en copia certificada.
SEGUNDO: Se ordena expedir sendas copias certificadas de la presente decisión al funcionario que presenció el matrimonio y al Registrador Principal del Estado Zulia, a tenor de lo o.....