Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela de la sentencia dictada en fecha 26 de febrero de 2009, por el Juzgado Octavo de Familia del Distrito Federal de la Ciudad de México de los Estados Unidos Mexicanos, mediante la cual se disolvió el vínculo matrimonial que existía entre los ciudadanos, ALEXANDRA DEL CARMEN PIRELA GONZÁLEZ y JAVIER ALBERTO VILLALOBOS ANDRADE, antes identificados.