DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Sin lugar, la cuestión previa opuesta por la parte demandada reconviniente.
Sin lugar la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE HERNAN VARGAS ALZATE en contra de la ciudadana MARILYN SANCHEZ TUDARES, por Prórroga Legal Arrendaticia y Daños y Perjuicios.
Con lugar la reconvención interpuesta por la ciudadana MARILYN SANCHEZ TUDARES en contra del ciudadano JOSE HERNAN VARGAS ALZATE.
En consecuencia, se declara la resolución del contrato de arrendamiento celebrado entre los nombrados ciudadanos en fecha 5 de noviembre de 2007 por ante la Notaría Pública Primera de Maracaibo, bajo el Nº22, Tomo 69 de los libros respectivos, ordenando la entrega del inmu.....