DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Control ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO; SE ACUERDA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO Al ACUSADO DEIVIS PASTOR PIÑA VIELMA, titular de la C.I.21.502.019, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 02/11/1984, residenciado en el Barrio Los Pocitos, sector 2, calle 3, casa S/N°, cerca del cerro la terraza, Barquisimeto Estado. Lara. por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, y DETENTACION DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en el Articulo 5 en concordancia con el Articulo 6 numerales 1, 2, 3 y 5 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehiculo Automotor y Articulo 277 del Código Penal calificación jurídica que se mantiene por ser esta la adecuada
SEGUNDO Se mantiene la medida Judicial Privativa de libertad por cuanto no han v.....