Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL ESTADO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la constituciòn de los fiadores solidarios del acusado JAIDER MENDEZ, en virtud que los ciudadanos TULIA BEATRIZ MENDEZ CONDE Y VICTOR RODRIGUEZ, no cumplen a cabalidad con los requisitos previstos en el Artìculo 258 del Código Orgánico Procesal Penal; esto sin menoscabo de la presentaciòn de dos o màs personas incluyendo a los mencionados que en conjunto sirvan como fiadores solidarios de cada uno de los acusado de autos.
Regístrese, publíquese y notifíquese a las partes.
EL JUEZ,
FREDDY HUERTA RODRIGUEZ
JUEZ CUARTO DE JUICIO