1.- HOMOLOGA la solicitud de que se cierre y de por terminado el presente juicio ejecutivo, formulado por el abogado Gerardo Enrique Luzardo Caldera, actuando en su condición de representante de la República Bolivariana de Venezuela, y por consiguiente EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCESO, que se sustenta bajo el expediente No. 1100-10.
2.- Notifíquese de esta resolución a la Procuraduría General de la República.
3.- No hay condenatoria en COSTAS.