En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, a la TRANSACCION realizada por el Dr. JESUS GARCIA ESPINOZA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.291, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil COSTA AZUL CARS´ CENTER, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil, Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, el 06 de Mayo de 2.003, bajo el N° 6, Tomo 11-A, de este domicilio, parte demandante y el ciudadano NORBERT ANTONIO GOTERA BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.632.419, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil EL PUNTO COOL, C.A, asistido por el abogado en ejercicio JOSE ALVAREZ CARABALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.393.582, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° parte Demandada. De conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Proc.....