ESTEJUZGADO PRIMERO DE CONTROL, SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CABIMAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE, PRIMERO. SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del Ciudadano SE OMITE, de conformidad con lo establecido en el artículo 562 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, por haber transcurrido más de un (01) año, desde el decreto del sobreseimiento Provisional, sin que haya habido reapertura del presente procedimiento. SEGUNDO. Se ordena notificar al prenombrado ciudadano y a sus representantes legales, participando lo decidido, para su debido conocimiento, a los fines legales correspondientes. TERCERO. Se ordena notificar al ciudadano DANIEL ANTONIO FERNANDEZ GONZALEZ, en su condición de víctima en este proceso, informando sobre el contenido del presente auto, para su debido conocimiento, a los fines legales correspondientes......