Se declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos LENIN ANTONIO SAVALA CRUZ y DIANA VIOLETA PARRA MONTIEL, el día veintiuno (21) de diciembre de mil novecientos setenta y tres (1973), ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 567.
Asimismo, se deja establecido que según pronunciamiento de los solicitantes durante la unión matrimonial procrearon a dos (02) hijos, que llevan por nombre PATRICIA y LENIN SAVALA PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 12.443.870 y 14.697.576 respectivamente, quienes en la actualidad son mayores de edad.