DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por el ciudadano SEGUNDO ALBERTO CABRERA LOAIZA, titular de la cédula de identidad número V-28.171.425; por una parte y por la otra el Profesional del Derecho CARLOS LUIS RIERA ESPINOZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 53.659, actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana LOISIMAR DANIELA BELZARES LANDAETA, titular de la cédula de identidad número V-28.435.751.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintiséis (26) de Enero del año dos mil veintitrés (2023), por ante el Registrador Civil de la Parroquia Ambrosio del.....