Por los fundamentos antes expuestos:
Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos AILID DEL CONSUELO MOLERO MENDEZ y JESUS RAMON BRICEÑO GONZALEZ, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 30 de noviembre de 2006, por ante la Registradora Civil y Secretario de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Autónomo de Maracaibo del Estado Zulia, Acta No. 399.-
Dejándose constancia expresa que los demandantes manifestaron que durante su unión matrimonial, no procrearon hijos. Asimismo manifestó que no adquirieron bienes que repartir.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y.....