PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos RAYNER GOMEZ, EDGAR CARRUYO, DARWIN HURTADO, JOSÉ ARTEAGA y EDUARDO MARQUEZ, en contra de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA CAMINO 21, R.S., en base cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: Se ordena a la ASOCIACIÓN COOPERATIVA CAMINO 21, R.S., pagar a los ciudadanos RAYNER GOMEZ, EDGAR CARRUYO, DARWIN HURTADO, JOSÉ ARTEAGA y EDUARDO MARQUEZ, las cantidades detalladas expresamente en la parte motiva de la presente decisión por concepto de cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: Se ordena la indexación correspondiente sobre las cantidades determinadas y acordadas por este Tribunal, en los términos expresados en el fallo definitivo. CUARTO: Se ordena el pago de intereses de mora sobre las cantidades acordadas por este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos expresados en e.....