éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadana MARIA ELENA RAMOS, a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio JOSE MANUEL VASQUEZ MARCANO. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada en fecha 29-11-07, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en consecuencia se ordena a las empresas demandadas cancelar la cantidad de Dieciocho Millones Ochocientos Setenta y Cinco Mil Doscientos Cincuenta y Uno con Setenta y Ocho Céntimos (Bs. 18.875.251,78) equivalente a Dieciocho Mil Ochocientos Setenta y Cinco con Veinticinco Céntimos (BF 18.875,25), al cual se le debe deducir por concepto de adelanto de prestaciones sociales la cantidad de Dieciocho Millones de Bolívares (Bs, 18.000.00.....