Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIDA LA PENA PRINCIPAL a favor del penado JAIME RAFAEL VUELVAS SANCHEZ, colombiano, titular de la cédula de identidad No Porta, domiciliado en el Barrio Simón Bolívar, calle 98 D, Nº 65-32 de esta ciudad; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el artículo 479 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal; y Queda Sujeto a la Vigilancia de la Autoridad por una cuarta parte de la pena impuesta por ser pena de presidio, hasta el día 06-02-2010, Y ASÍ SE DECLARA.- Regístrese la presente decisión; y notifíquese a las partes.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION,
DRA. JUDITH ROJAS LA SECRETARIA,
ABG. MARIBEL MORÁN
En la misma fecha l.....