esta Corte de Apelaciones Ordinaria, de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente y de Violencia de Género del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho LISETT ERMINA MARTINEZ DE GIANNATALE., Defensora Publica Sexta Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de Defensa Publica del Estado Bolivariano Nueva Esparta; en su carácter de Defensora de los ciudadanos CARLOS GARCIA, JESUS BOET BRITO, ALEJANDRO CARABALLO, MAIKEL BOADA, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 27.100.329, V-19.232.245, V.-20.373.761 y V-24.437.257, respectivamente, de conformidad con el articulo 428 literal "B" del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.-