Por las razones y fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO DE JUICIO CONSTITUIDO EN FORMA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONDENA al acusado NESTOR JOSE MAVAREZ SIMANCAS, venezolano, natural de Maracaibo, de 23 años, fecha de nacimiento: 08-01-1984, titular de la cedula de identidad N° 16.150.472, de profesión u oficio Buhonero, estado civil soltero, hijo de CLEOTILDE SIMANCAS y NESTOR LUIS MAVAREZ, residenciado en la avenida El milagro Norte, sector puntita de piedra, cerca de la rectificadora "Belcama", N° 19-120 Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 13 del Código Penal, por encontrarlo CULPABLE en el delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN CALIDA DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 6 ordinales 1,2 y 3 de la ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en conc.....