En fuerza de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se le imparte la Aprobación al Desistimiento del Recurso de Apelación, interpuesto en fecha 29 de noviembre de 2007, por el abogado GABRIEL PUCHE URDANETA, actuando en con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, contra la decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 04 de octubre de 2007, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue el ciudadano ALEXANDER COLINA, contra el COLEGIO PRIVADO MIXTO NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE C.A., todos anteriormente identificados.
SEGUNDO: Se Agota la Cognición de la presente causa por este Tribunal de Alzada, razón por la cual se ord.....