De manera tal que, resulta forzoso para este Juzgador confirmar la decisión dictada en fecha 14 de abril de 1999 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, y, en consecuencia, conociendo en consulta declarar la INADMISIBILIDAD de la Acción de Amparo Constitucional incoada por la empresa PAPAGAYO TROPICAL BEACH BAR, C.A., contra el MUNICIPIO ANTOLIN DEL CAMPO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
DISPOSITIVO
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia y por autoridad de la ley, declara:
UNICO: Conociendo en consulta declara la INADMISIBILIDAD de la Acción de Amparo Constitucional incoada por la empresa PAPAGAYO TROPICAL BEACH BAR, C.A., contra el MUNICIPIO ANTOLIN DEL CAMPO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, conforme a lo previsto en el numeral 5 del.....