PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expresados, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con competencia en esta materia de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2.009, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 en fecha 02 de Abril de 2.009, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
1.) Se declara la Separación de Cuerpos, que ante este Despacho solicitaron los ciudadanos ANTONIO AMABLE SOTO MUÑOZ e IRENE MARGARITA SIFUENTES VERA, tomando en consideración lo acordado por las partes, en cuanto a que los ingresos y bienes que obtengan cada uno de los cónyuges a partir del presente decreto, no pertenecerán a la comunidad conyugal, sino que corresponderá como propio al cónyuge que los haya adquirido.
2.) Se ordena Notificar de la iniciación de este proceso al ciudadano.....