Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento propuesta por los ciudadanos, VELASQUEZ CARLOS RAFAEL y BARRIOS MEJIAS NEREIDA DEL CARMEN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.910.366 y V- 12.873.223 y, en consecuencia, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los mencionados ciudadanos por ante la Prefectura de la Parroquia Bolívar, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día veinticuatro (24) de Noviembre de 2020, Acta de Matrimonio Nº 06, emanada de la referida autoridad
SEGUNDO: SE ORDENA oficiar al Registro Principal del Estado Zulia y a la Prefectura de la Parr.....