El Tribunal comprobado como ha sido el derecho que el solicitante alega, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la anterior actuación como DOCUMENTO RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA, a favor de los ciudadanos VANESA ALEXANDRA MIJARES RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.157.357; HENMARY FERMÍN VICENTT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.232.623; MIGUEL ANGEL RUÍZ ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.873.417; YISEL RODRIGUEZ OTERO, extrajera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-84.423.093 y ROSANA VASQUEZ DE VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.989.485, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 1.363 del Código Civil, a los fines de asegurar su condición como propietarios de los derechos y acciones sobre un inmueble constituido por un .....