Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCECENTE el recurso de habeas data interpuesto por el ciudadano JUAN CARLOS MUÑOZ MUÑOZ, antes identificado.
SEGUNDO: Se ordena oficiar a la Fiscalía Octava del Ministerio Público del Estado Zulia, de la presente decisión.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de esta decisión.