este Tribunal comprobado como ha sido el derecho que el solicitante alega, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano ALSONY JOSE SALAZAR, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 16.546.134, sobre una vivienda unifamiliar construida, sobre un terreno ubicado en El Guamache, Parroquia Los Barales del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, de doce (12) metros de frente
por veinticinco (25), metros de fondo, es decir, TRESCIENTOS METROS CUADRADOS(300mts2), ubicado bajo los siguientes linderos; NORTE: Calle Primavera, SUR: Calle Las Flores, ESTE: Casa de Carmen Salazar, y OESTE: Vía principal el Guamache, el cual es propiedad de la Asociación Civil "Frente Civil Sucesión Los Barales" quien lo autorizó a construir la misma sobre dicho lote de terreno, según const.....