Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Únicos y Universales Herederos de la causante Noraima Josefina Perera Suárez, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-9.847.670, a la solicitante ciudadana Norcarys Beatriz Lameda Perera, titular de la cédula de identidad Nº V-19.436.196, a los ciudadanos Noraidy Josefina Perera Suárez, Oswaldo José Lameda Perera, Gerardo José Perera, titulares de la cédula de identidad Nros. V-19.436.201, V-18.952.040, V-15.848.290 y a los adolescentes (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), titulares de las cedulas de identidad Nros (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por la de cujus, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el .....