En el día hábil de hoy,5 de Agosto de 2011, siendo las 2:12 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la ciudadana ANA ESTHER GONZALEZ RINCON en su carácter de parte actora asistida por el apoderado judicial abogado Benito Valecillos en su carácter de Procurador de Trabajadores y TRANSPORTE DE VALORES, C.A. (VISETECA) en su condición de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Evelyn Valero, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga a la demandante la cantidad de veintitrés mil bolívares (Bs. 23.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.