Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano EUDEDITH EVANAN VILORIA ANTUNEZ, debidamente asistido por el profesional del derecho EDGAR MANUCCI FRANCO, en contra de la decisión dictada en fecha 08 de febrero de 2010, por el Juzgado Quinto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) CON LUGAR la defensa previa de PRESCRIPCION DE LA ACCION opuesta por la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL TELECOMUNICACIONES TELENESA S.A., y la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA CANTV, a la parte actora conformada por el litisconsorcio activo de los ciudadanos EUDEDITH EVANAN VILORIA ANTUNEZ Y YOEL JAVIER RODRIGUEZ LUGO (suficientemente identificados en las actas procesales);