Así mismo el tribunal vista la exposición de los oficiales que dirigen las comisiones de la Guardia Nacional Bolivariana y de la Policía Regional del estado Zulia, se abstiene de ejecutar la medida de desalojo y de embargo ejecutivo decretado por el tribunal de la causa y da por terminado el presente acto, siendo las tres y cuarenta minutos de la tarde. Termino, se leyó y conformes firman todos a excepción de la notificada que se negó a firmar y la Inspectora de la Policía Municipal de Lagunillas, que se retiro del lugar.
ABOG. MARIAELVIRA C. REINA HERNANDEZ
LA JUEZ
EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA.
EL SARGENTO MAYOR DE SEGUNDA
DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA
EL SUBCOMISARIO DE LA POLICIA
REGIONAL DEL ESTADO ZULIA
LA SECRETARIA
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