DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, resuelve:
1.- PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente extinguido el presente proceso que se sustancia bajo expediente Nro. 2002-22 contentivo del recurso contencioso tributario conjuntamente con Amparo Cautelar interpuesto y presentado por la abogada en ejercicio ONEIDA MARGARITA NUÑEZ MUÑOZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el Nro. 105.492, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la sociedad mercantil "LICORES DEL ZULIA C.A", inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 19 de mayo de 2004, bajo el Nro. 22, Tomo 25-A; contra las resoluciones signadas bajo letras y números: SNAT/INTI/GRTI/RZU/DCE/2022/E1.....