- III -
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, por mutuo consentimiento, propuesta por los ciudadanos GREGORIO JONATHAN URDANETA MEDINA y GANICE ALEJANDRA GONZALEZ COSME, suficientemente identificados.
En consecuencia, queda disuelto el matrimonio civil que celebraran las partes, el día veintitrés (23) de enero de 2010, por ante la Coordinación del Registro Civil de la Parroquia San Rafael, Municipio Mara del estado Zulia, anotada en el libro de Registro para Matrimonios que llevó esa oficina durante el año 2010, bajo el acta Nº 13.
Se deja expresa constancia de lo manifestado por los solicitantes, que durante la vigencia matrimonial no procrearon hijo.....