PRIMERO: SE EJECUTA la medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, contenidas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decretada al Joven: N(OMITIDO POR CONFIDENCIALIDAD) quién es venezolano, de diecisiete (17) años de edad, nacido el 31 de agosto de 1991, hijo de los Ciudadanos. MARIA RAGA y RAFAEL MEDINA, titular de la Cédula de Identidad N° 24.261.119, domiciliado en la Avenida 7, Calle el Muro, Casa S/N, frente a la casa N° 111, Bachaquero, Municipio Valmore Rodríguez, del Estado Zulia. Por el Juzgado Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Sección Adolescentes, Extensión Cabimas
SEGUNDO: El lapso de cumplimiento de la referidas medidas de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA es de DOS (02) AÑOS, teniendo como fecha cierta de culminación el día SEIS(06) DE JUNIO DE 2011. Asimismo corresponde a este Tribunal dotar de Contenido la medida impuesta p.....