DECRETAR LA CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE: (NOMBRE OMITIDO. ART. 545 LOPNNA), de nacionalidad Venezolana, natural del Municipio San Francisco Estado Zulia, de 16 años de edad, titular de la cedula de identidad No. 20.864.261, fecha de nacimiento 20-02-1993, Soltero, de profesión y oficio Escuela técnica Industrial ETI Anselmo Belloso, hijo de YOLANDA JOSEFINA GARCIA COLINA y RICHARD ALEXANDER LOPEZ SUAREZ , residenciado en la avenida Unión Sector Los Silos, del Barrio Sierra Maestra, Calle 1A, casa No. 9A-49, al lado de Auto Repuestos La Alambra y a dos casas de la emisora de de Radio Leyenda 96.1 del Estado Zulia. En consecuencia, se procede a DICTAR SENTENCIA CONDENATORIA por estar comprobada la culpabilidad y responsabilidad penal de los Adolescentes arriba identificados, en la comisión del delito ROBO AGRAVADO EN CALIDAD DE COAUTOR, previsto en los artículos 458 en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Penal y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN.....