Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda OTORGAR EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado YHORWIN ENRIQUE SIFONTE APONTE, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nº 17.760.446 fecha de nacimiento 25-04-1987 soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Freddy Sifontes y de Audeliance Aponte, domiciliado en el Sector el callao, avenida 49F-1, cerca del modulo de la Policía Regional Municipio San Francisco Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente Decisión; notifíquese a la Fiscal 27° del Ministerio Público, ofíciese a la Cárcel Nacional de Maracaibo, ordenando el traslado del referido penado a este Tribunal,.....